El art.48.4 del Estatuto de los Trabajadores establece la suspensión del contrato de trabajo de la madre biológica durante 16 semanas, por nacimiento y cuidado de hijo hasta los doce meses; y en similares términos, también lo hace para el progenitor distinto a la madre biológica. En ambos casos, aunque por diferentes motivos , son obligatorias las seis semanas ininterrumpidas…
¿Es posible modificar el periodo de suspensión por maternidad/paternidad inicialmente solicitado y reconocido por el INSS? (STSJ CAT 4873/2023)
El art.48 del Estatuto de los Trabajadores, bajo el título "Suspensión con reserva de puesto de trabajo", regula en unos de los supuestos, el comúnmente conocido como permiso de maternidad/paternidad. Concretamente, y a los fines de resolver la pregunta del encabezado, establece el art.48: 4. El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses, suspenderá…